Así lo establece la ley provincial N° 4962 por la celebración Wiñoy Tripantu o Año Nuevo. El calendario mapuche, señala al año nuevo en el solsticio de invierno entre el 18 y el 24 de junio, por tanto cada comunidad hará uso de este derecho adecuando dos días de celebración.
En este marco, gran parte de las comunidades de la provincia de Rio Negro tienen previsto realizar la ceremonia el próximo 21 de junio, por tanto los trabajadores estatales deben presentar con antelación el pedido formal a sus respectivas autoridades inmediatas.
Modelo de nota para los trabajadores de la Educación:

Descargue la Ley en el siguiente enlace:
http://www.unterseccionalroca.org.ar/imagenes/documentos/leg/Ley%204962%20%28mapuche%29.pdf
La misma norma determina como feriado el 12 de octubre y asueto administrativo el día anterior para los estatales indígenas.
Quienes deseen ser beneficiarios de estos feriados deben acreditar su condición en el marco de esta ley que data de 2014, cuyos autores fueron el actual vicegobernador Pedro Pesatti, Alejandro Marinao y Marcelo Mango.
En sus fundamentos, el texto de la ley dice: “Las comunidades indígenas argentinas, pertenecientes a dieciséis etnias, representan aproximadamente el uno coma cinco por ciento (1,5%) de la población total del país. Argentina se ha conformado de la unión de estas poblaciones autóctonas con las corrientes inmigratorias que llegaron al país desde la etapa fundacional. La contribución indígena al patrimonio cultural del pueblo argentino constituye un verdadero tesoro”.
Prosigue: “La reforma constitucional de 1994, ha reconocido claramente la diversidad y preexistencia étnica y cultural de estas poblaciones y ha consagrado su personería jurídica, la posesión comunitaria de sus tierras, la transmisión de sus conocimientos mediante la educación bilingüe e intercultural, la preservación de su patrimonio y la participación en la gestión de los recursos naturales de las tierras que habitan. El gobierno argentino asume plenamente la obligación de garantizar el pleno disfrute de estos derechos”.
Argumenta también: “El Pueblo Nación Mapuche, celebra entre los días 18 al 24 de junio, la llegada del año nuevo o wiñoy tripantu que coincide en el hemisferio Sur, con el renuevo de la tierra, cuando se produce el solsticio de invierno. El Pueblo Mapuche es uno de los tantos Pueblos Originarios existentes en Argentina y América, que ha sufrido el despojo de todas sus pertenencias territoriales y culturales; a quien han sometido a otra forma de vida, sin poder desarrollar su propia cultura y llevar a la práctica su libre autodeterminación; además, tiene sus fechas importantes que deben ser tenidas en cuenta por el gran significado que representa”.
En este marco de respeto a todas las culturas, es que “es necesario declarar asueto y feriado provincial, al igual de lo que ocurre los días 30, 31 de diciembre y el 1° de enero en las culturas occidentales; para los vecinos que pertenecen al Pueblo Nación Mapuche el día anterior, el día posterior y el correspondiente a la celebración del Wiñoy Tripantu (Año Nuevo), como así mismo establecer la misma medida el día 12 de octubre (Wixa Xipan) (Rogativa por los caídos)”.
“El Estado Rionegrino de esta manera reconoce los derechos de las Comunidades Mapuches, haciendo así de ésta una provincia realmente intercultural”, concluye la norma.